Qué permiso hace falta para el aire

Tienes el presupuesto, tienes la máquina elegida y llega el presidente de la comunidad diciendo que ahí no se pone nada. Y ahora no sabes si te está tomando el pelo o tiene razón.

Normalmente tiene razón, aunque no siempre. La unidad de dentro es tuya y haces con ella lo que quieras. La de fuera va colgada de la fachada o del patio, y eso es elemento común: la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal lo dice en su artículo 396. Por eso pasa por la comunidad. Lo que sigue es qué mirar antes de discutir con nadie.

Lo primero: los estatutos

Antes de llevar nada a la junta, pide al administrador los estatutos y las normas de régimen interior. Muchas comunidades ya tienen escrito qué se puede colgar y dónde: hay quien lo prohíbe en la fachada principal pero lo permite en el patio interior, y quien exige que todas las máquinas vayan a la misma altura para que no quede un caos. Si ahí está resuelto, te ahorras la junta entera.

Qué dice la ley

El artículo 7.1 de la misma ley permite al propietario modificar los elementos arquitectónicos de su vivienda siempre que no menoscabe la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o su estado exterior. Colgar un aparato en la fachada afecta justo a lo último, y de ahí viene que se necesite el visto bueno de la comunidad.

Es información general: cada comunidad tiene sus estatutos y cada caso el suyo. Para algo con dinero de por medio, pregunta al administrador de fincas antes de encargar la instalación.

El argumento que más funciona en la junta

Mira si ya hay otras máquinas instaladas en la fachada. Si la comunidad las ha consentido durante años, negártela a ti solo es difícil de defender. Llévalo por escrito, con una foto de dónde iría y el compromiso de dejar la fachada como estaba si algún día la quitas. Una propuesta concreta se aprueba mucho mejor que una pregunta abierta.

Si te dicen que no

Quedan dos salidas. Los equipos portátiles, que no piden permiso porque no tocan nada común: el precio es que el tubo sale por la ventana y el compresor te suena dentro de casa. Y los equipos sin unidad exterior, que van empotrados en el muro con dos rejillas: no ocupan fachada, pero enfrían menos por el mismo dinero y no valen para cualquier estancia.

Antes de nada, sepa qué necesitas

Vayas por donde vayas, el primer dato es la potencia: empieza por cuántas frigorías te piden tus metros. Y si la cosa avanza, aquí tienes cuánto cuesta instalar el aire acondicionado y por qué dos presupuestos del mismo salón no se parecen.

Preguntas frecuentes

¿Hay que pedir permiso para instalar aire acondicionado?

Para la máquina de dentro, no: es tu vivienda. Para la unidad exterior, normalmente sí, porque la fachada y los patios son elementos comunes según la Ley de Propiedad Horizontal. Lo primero es mirar los estatutos de tu comunidad, que a veces ya lo regulan.

¿Qué dice la ley sobre el aire acondicionado en la fachada?

La Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal considera la fachada elemento común en su artículo 396, y el artículo 7.1 permite al propietario modificar su vivienda siempre que no altere la seguridad, la estructura ni el estado exterior del edificio. Colgar una máquina fuera toca justo eso.

¿Qué pasa si lo instalo sin permiso?

La comunidad puede requerirte que lo retires, y si no lo haces, reclamarlo por vía judicial. Suele acabar en que lo quitas tú y pagas el arreglo de la fachada. Sale mucho más barato llevarlo a la junta antes que después.

¿Pueden negarme la instalación?

Pueden, sobre todo en edificios protegidos o con estatutos que lo prohíban expresamente. Ahora bien, si en la fachada ya hay otras máquinas instaladas con el consentimiento de la comunidad, negarte a ti solo es difícil de sostener.

¿Hay alternativas si no me dan permiso?

Los portátiles no necesitan obra, aunque hay que sacar el tubo por una ventana y hacen ruido dentro de casa. También existen equipos sin unidad exterior, que van empotrados con dos rejillas en la pared: enfrían menos y son más caros, pero no ocupan fachada.

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